La cédula de habitabilidad es el documento que acredita el cumplimiento de los requisitos mínimos de habitabilidad establecidos en el artículo 9 del decreto 141/2012 de la Generalitat de Catalunya. Tiene la función de acreditar que la vivienda sea habitable, la solidez del edificio y sobre todo que mantengan unas condiciones de habitabilidad dignas a lo largo del tiempo.
La cédula de habitabilidad es obligatoria para todas las viviendas, y se necesita para alquilar y/o vender una vivienda. También la pueden exigir las compañías de agua, gas, electricidad y telecomunicaciones para el suministro o el cambio de nombre de los contratos respectivos. La cédula de habitabilidad también es necesaria para el reagrupamiento familiar de extranjeros.
Para obtener la cédula de habitabilidad, un arquitecto o arquitecto técnico debe inspeccionar la vivienda para comprobar que esta cumple con los requisitos del decreto 141/2012, comprobar que la vivienda está escriturada como tal, verificar su superficie y emitir el correspondiente certificado de habitabilidad.
Posteriormente, se tiene que presentar la solicitud de la cédula de habitabilidad junto con este certificado en la Agència de l’Habitatge de Catalunya y pagar las tasas correspondientes (14,35 €). La cédula se emite aproximadamente en un mes.
Las cédulas de habitabilidad tienen una validez de 15 años y deben volver a obtenerse una vez transcurrido este plazo. Todas las cédulas emitidas antes de 2007 han caducado.
Si no encuentra su cédula, puede llamar al 012 (Generalitat de Catalunya), dónde le indicarán si continúa vigente. En este caso, sólo tendrá que pedir un duplicado.
Mis honorarios profesionales para la realización de Cédulas de Habitabilidad en Barcelona ciudad son de 85€ más las tasas y el IVA. (para viviendas de menos de 120 m2). En el caso de la contratación de mis servicios, siempre verifico si la vivienda ha tenido previamente cédula y si está caducada o no.
Puede ponerse en contacto conmigo en mi página de CONTACTO para la asesoría o tramitación de la Cédula. También tramito de manera conjunta la Cédula de habitabilidad y el certificado energético, ambas por 140€ más las tasas y el IVA.
Si una vivienda no cumple los requisitos de habitabilidad no puede obtener la cédula hasta que no se realicen las obras necesarias, si bien esto no impide que se pueda vender, mediante la aceptación de un certificado substitutorio especial a entregar al notario en la compra-venta del inmueble.
En el caso de que se quiera convertir un local u almacén en vivienda, se deberá realizar una licencia de cambio de uso, esta licencia es municipal y está condicionada al cumplimiento de la normativa urbanística vigente en cada caso.